Lunes, 03 Noviembre 2025
Nuevas reglas para operaciones digitales y reportes financieros

Arca endurece reportes para billeteras virtuales: nuevas obligaciones y límites

Arca estableció nuevos límites de control para billeteras y entidades financieras: operaciones o saldos mensuales que superen $50.000.000 (personas humanas) o $30.000.000 (personas jurídicas) deberán ser informados; PayPal y otras plataformas extranjeras quedan fuera del alcance directo salvo transferencias hacia cuentas locales.
Pantalla con íconos de billeteras virtuales y símbolos financieros
Pantalla con íconos de billeteras virtuales y símbolos financieros

Qué cambió y a quiénes alcanza las nuevas reglas de reporte

Arca publicó este mes una actualización en el régimen de reportes que obliga a entidades financieras y billeteras virtuales a informar operaciones y saldos que superen determinados umbrales. Según la norma comunicada, las transferencias acumuladas o los saldos mensuales finales que superen los $50.000.000 para personas humanas o $30.000.000 para personas jurídicas deberán ser reportados al organismo.

La medida apunta, según el texto difundido, a mejorar la detección de movimientos inusuales y de posibles maniobras de evasión fiscal. Para respaldar los reportes, las entidades deberán conservar comprobantes y documentación que acrediten el origen lícito de los fondos, una exigencia que recae en bancos, financieras y proveedores de billeteras digitales radicadas en el país.

Alcances y excepciones: qué pasa con plataformas internacionales

La actualización pone énfasis en las operaciones que circulan dentro del sistema financiero local. No obstante, el documento aclara que plataformas internacionales con sede fuera de Argentina, como PayPal, operan bajo otra jurisdicción y, por eso, sus movimientos internos no son directamente accesibles por Arca. Sin embargo, si un usuario transfiere fondos desde PayPal hacia una cuenta o billetera radicada en Argentina, esa operación sí puede ser detectada e incluida en los reportes exigidos.

En la práctica, eso significa que la norma refuerza controles sobre flujos que ingresan o circulan en el país, pero no habilita una vigilancia directa sobre saldos o movimientos que permanezcan exclusivamente dentro de plataformas extranjeras.

Registro y conservación de documentación

Arca exige a las entidades la conservación de comprobantes y justificaciones del origen de los fondos que respalden los reportes. Según la comunicación, el propósito del sistema es preventivo: no implica sanciones automáticas, salvo que en las verificaciones posteriores se detecten inconsistencias entre lo declarado y los movimientos informados por las entidades.

Para las empresas y billeteras que operan en el país, esto supone ajustar procesos de compliance, ampliar los plazos y espacios de archivo de documentación y revisar procedimientos de identificación del cliente (KYC) y de monitoreo de transacciones.

Impacto para empresas y usuarios

En el caso de personas humanas con operaciones por encima del umbral de $50.000.000, la novedad implica que movimientos de alto monto —ya sean transferencias puntuales o acumuladas durante el mes— quedarán bajo mayor escrutinio. Para personas jurídicas, el monto de referencia es más bajo, $30.000.000, lo que refleja una mayor atención a los flujos empresariales que podrían esconder maniobras de subdeclaración o triangulación.

La recomendación para usuarios y empresas es conservar comprobantes de transferencias y documentación que respalde el origen de fondos: contratos, facturas, constancias bancarias o declaraciones tributarias que expliquen operaciones extraordinarias.

¿Qué busca el organismo con el cambio?

Según la nota difundida, el objetivo declarado es “reforzar la transparencia del circuito financiero local y adaptarse al crecimiento del uso de billeteras digitales”. En los últimos años, el incremento en la utilización de medios de pago digitales y la multiplicación de proveedores con distintas arquitecturas tecnológicas hicieron que los reguladores revisaran sus herramientas para prevenir el lavado de activos y la evasión fiscal.

La medida se enmarca en un intento por ampliar la visibilidad sobre flujos relevantes sin convertir el monitoreo en una aplicación automática de sanciones: el énfasis es en la prevención y la posibilidad de cruzar información cuando existan dudas o inconsistencias.

Gráfico: umbrales de reporte por tipo de sujeto

Fuente: La Voz; periodo: noviembre 2025

Qué falta aclarar

La normativa contiene puntos que podrían requerir aclaraciones prácticas: los criterios exactos para sumar transferencias acumuladas, la definición precisa de saldo mensual final en billeteras que integran múltiples instrumentos, y los plazos para conservar documentación. Las entidades regulatorias y las cámaras del sector suelen publicar circulares interpretativas y guías operativas en las semanas posteriores a este tipo de anuncios; será clave seguir esas comunicaciones para conocer el detalle operativo.


Fuente: La Voz