Miércoles, 19 Noviembre 2025
TOF 2 ordena decomiso y modifica condiciones de prisión domiciliaria

Causa Vialidad: decomisaron bienes vinculados a Cristina Kirchner y aplicaron un nuevo régimen de visitas

El TOF 2 ordenó la ejecución de un decomiso sobre 122 bienes por un monto actualizado a $684.990 millones y restringió las visitas en la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner.
Tribunal y fachada de un juzgado federal
Tribunal y fachada de un juzgado federal

Decisión del TOF 2 y alcance del decomiso

La Causa Vialidad concluyó esta semana con una nueva resolución del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) que ordenó el decomiso de bienes identificados como instrumentos o producto del delito y aplicó un régimen más estrictivo de visitas para la detenida en prisión domiciliaria, Cristina Kirchner. El tribunal dispuso la ejecución del decomiso sobre 122 bienes —entre inmuebles, terrenos, hoteles y departamentos— y la venta de esos activos ante el incumplimiento de los condenados.

Montos y actualización

El valor originalmente fijado por decomiso fue actualizado por peritos contadores. Del monto inicial de $84.835 millones se pasó, según la pericia técnica, a $684.990 millones. Ese criterio de actualización fue considerado por el TOF como válido y se apoyó, además, en fallos y criterios que la Corte Suprema había ratificado en etapas previas del proceso.

Qué bienes alcanzó la medida

Entre los activos incluidos en la resolución aparecen propiedades vinculadas a Lázaro Báez y sociedades de su grupo empresario —Austral Construcciones, Kank y Costilla y Loscalzo y Del Curto— junto con inmuebles en la provincia de Santa Cruz, en la provincia de Buenos Aires y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El tribunal consignó que también se identificó un inmueble a nombre de Cristina Fernández de Kirchner y un conjunto de bienes que fueron cedidos a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner.

Fundamentos jurídicos

El TOF 2, integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, fundamentó el decomiso en la existencia probada de un circuito de adjudicaciones irregulares de obra pública en Santa Cruz que, según la sentencia, generó beneficios indebidos —sobreprecios, cartelización y falta de controles— en favor del empresario Lázaro Báez. Los magistrados rechazaron las defensas que alegaron falta de nexo causal entre los bienes y la maniobra y recordaron que el decomiso puede aplicarse cuando exista una vinculación razonable entre los activos y las ganancias ilícitas, sin exigir trazabilidad contable absoluta.

Procedimiento para la ejecución

Ante el supuesto incumplimiento de la sentencia, el tribunal ordenó la ejecución mediante la realización y posterior venta de los bienes identificados. La resolución prevé que, una vez efectuadas las tasaciones, se comunique lo resuelto a la Corte Suprema y se inscriba la afectación en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados. Además, el TOF instó a que los fondos recuperados puedan destinarse a reparar el daño social causado por las obras inconclusas, con mención expresa a la provincia de Santa Cruz, afectada por la falta de ejecución de la infraestructura vial.

Nuevo régimen de visitas en la prisión domiciliaria

En paralelo al decomiso, el TOF 2 dispuso un ajuste en las pautas de visitas para la expresidenta, que cumple prisión domiciliaria en la dirección conocida como San José 1111. La revisión del régimen fue motivada por el encuentro multitudinario que la Justicia consideró no autorizado, en el que la exmandataria recibió a un grupo de economistas durante el Día del Militante.

Condiciones establecidas

  • Cantidad de visitantes: sólo podrán ingresar tres o cuatro personas por vez.
  • Frecuencia: se permiten como máximo una o dos visitas semanales.
  • Sanciones: se anticipó el apercibimiento formal en caso de incumplimiento de estas pautas.

El TOF recordó que la resolución previa que fijó las condiciones de la prisión domiciliaria exigía la presentación de un listado de personas autorizadas a ingresar sin permiso judicial —núcleo familiar, custodios, médicostratantes y abogados— y que cualquier otra visita debía solicitarse y justificarse ante el Tribunal.

Reacciones y próximos pasos

Las defensas habían planteado reparos a la aplicación del decomiso y a las nuevas restricciones de visitas. En la resolución el tribunal rechazó esos planteos y subrayó además fundamentos internacionales —como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción— que avalan la recuperación de activos como principio para combatir la impunidad económica en casos de corrupción estructural. La medida puede ser objeto de recursos por parte de los condenados en las instancias previstas por la ley procesal.


Contexto técnico: la sentencia de diciembre de 2022 fue ratificada en junio pasado, lo que permitió que el TOF avanzara ahora sobre medidas ejecutivas de decomiso y sobre el régimen de cumplimiento de la prisión domiciliaria.

Fuentes: El Día

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