Viernes, 26 Diciembre 2025
Norma nacional que regula el traslado de animales domésticos en trenes

Cómo viajar con mascotas en trenes de larga distancia: requisitos de la nueva resolución

La Resolución 2076/2025 permite trasladar mascotas en trenes de larga distancia con requisitos sanitarios y de transporte: un solo animal por pasajero, transportín cerrado y vacunación antirrábica vigente.
Pasajera en tren con transportín para mascota
Pasajera en tren con transportín para mascota

La Resolución 2076/2025 permite viajar con mascotas en trenes de larga distancia bajo condiciones claras

La norma publicada en el Boletín Oficial —Resolución 2076/2025— habilita el traslado de mascotas en trenes de larga distancia de jurisdicción nacional. La medida, vigente antes de la temporada de verano, busca ordenar una práctica en aumento y establece requisitos sanitarios, de transporte y de comportamiento para los pasajeros que viajen con animales domésticos.

Qué define la norma y quiénes quedan excluidos

La resolución define «animal doméstico o de compañía» como aquel que convive en un ámbito hogareño bajo cuidado responsable, sin fines comerciales ni productivos. Se excluyen expresamente los perros guía y de asistencia para personas con discapacidad, que mantienen su régimen específico y continúan con prioridad y facilidades según la normativa vigente.

Requisitos y limitaciones principales

  • Cantidad permitida: cada pasajero mayor de edad puede viajar con un solo animal doméstico.
  • Transportín: el animal debe ir dentro de un transportín o contenedor adecuado, que permanezca cerrado durante todo el viaje y no transporte más de una mascota por contenedor.
  • Ubicación del transportín: puede ubicarse sobre la falda del pasajero, debajo del asiento o en el asiento contiguo siempre que esté correctamente asegurado con el cinturón de seguridad.
  • Vacunación: es obligatoria la presentación de la certificación de vacunación antirrábica vigente; las empresas ferroviarias podrán requerirla al abordar o durante el trayecto.

Tarifas, límites y protocolos de las operadoras

Las empresas ferroviarias quedan habilitadas a cobrar una tarifa adicional por el traslado de mascotas. Ese costo deberá ajustarse a las condiciones del mercado y a lo establecido por la Ley de Defensa del Consumidor. Además, las operadoras podrán fijar límites adicionales sobre especies, razas, peso y dimensiones del transportín, así como definir protocolos de limpieza y desinfección de las formaciones.

Espacios en estaciones y responsabilidad

En estaciones y terminales las empresas podrán disponer espacios específicos de espera y embarque para quienes viajen con animales; esos sectores deberán estar debidamente señalizados y acondicionados. La responsabilidad final por la seguridad, la higiene y la tranquilidad del resto de los pasajeros recae en el titular del boleto: el pasajero deberá garantizar que su mascota no represente un riesgo ni un molestia para terceros.

Recomendaciones prácticas para pasajeros

  • Verificar con la empresa ferroviaria antes del viaje si existen requisitos adicionales (peso máximo, dimensiones del transportín o especies aceptadas).
  • Usar un transportín certificado y cómodo para el animal; llevar una muda de ropa para el pasajero y elementos de higiene para posibles accidentes.
  • Mantener la documentación sanitaria actualizada, especialmente la constancia de vacunación antirrábica, y llevar historial veterinario si el viaje es largo o si el animal tiene condiciones de salud especiales.
  • Planificar paradas y ofrecer agua; en viajes nocturnos o muy largos, consultar al veterinario sobre la conducta del animal y la conveniencia de medicamentos calmantes.
  • Respetar el reglamento de la formación: transportín siempre cerrado y asegurado; si el animal ocupa asiento contiguo, usar el cinturón tal como indica la normativa.

Qué puede exigir la empresa y qué derechos tiene el pasajero

Además de la documentación sanitaria, las operadoras pueden solicitar que el animal sea removido del vagón si representa un peligro o una molestia grave para otros usuarios. En caso de cobro de tarifa por mascota, el pasajero tiene derecho a obtener comprobante y a que la empresa cumpla con las normas de defensa del consumidor. Cualquier reclamo debe hacerse por los canales oficiales de la compañía o ante el organismo regulador correspondiente.

La resolución intenta conjugar la demanda creciente de quienes desean viajar con sus animales y la necesidad de preservar la seguridad y la convivencia a bordo. Para viajes concretos, se recomienda consultar la política específica de la empresa ferroviaria y presentar la documentación exigida con anticipación.


Fuente: La Voz