Reabrieron la investigación por la muerte del soldado Mauro Ramírez

Casación ordenó nuevas medidas en una causa que investiga violencia institucional
La Cámara Federal de Casación Penal anuló un fallo previo y dispuso que se releve a dos ex conscriptos por la muerte del soldado Mauro José Francisco Ramírez, ocurrida el 26 de junio de 2003 en un destacamento del Ejército en Apóstoles, Misiones. La versión oficial inicial fue suicidio; la decisión de Casación reabre la hipótesis de violencia institucional y obliga a que se indague a quienes estaban presentes.
El tribunal integrado por los jueces Alejandro Slokar y Carlos Mahiques consideró que en las instancias anteriores no se realizaron las diligencias necesarias para explorar alternativas a la hipótesis autoinfligida. Entre las irregularidades que señalaron los magistrados aparecen la falta de preservación de pruebas relevantes —la ropa del soldado, el fusil FAL y las vainas— y la existencia de vínculos entre autoridades locales y quienes condujeron las primeras pesquisas, lo que afectó la imparcialidad del proceso.
La querella, representada por Susana Mónica Pintos, madre de la víctima, había pedido la citación a indagatoria de Eduardo Jeremías Brevel y Ovidio Francisco Almeida, dos ex conscriptos que estaban en el destacamento al momento del hecho. Los peritajes aportados por la parte querellante, entre ellos un informe médico legista y un análisis grafológico de la Policía Federal Argentina, pusieron en duda la teoría del suicidio al indicar ausencia de antecedentes o tendencias suicidas en Ramírez y al aportar contradicciones en los relatos sobre la manipulación del arma.
El expediente tiene un recorrido complejo: la justicia provincial de Misiones archivó el caso semanas después del deceso, luego intervino la Corte Suprema que derivó el expediente al fuero federal, donde volvió a cerrarse en 2008. Recién en 2016, con la insistencia de la familia y el apoyo de organismos de derechos humanos, se reabrieron medidas de prueba. Con la nueva resolución de Casación, la causa debe regresar al juzgado de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento que atienda las observaciones de la Sala I.
En su voto, Slokar subrayó que por tratarse de una muerte ocurrida dentro de una dependencia estatal bajo custodia de las Fuerzas Armadas corresponde analizar el caso desde la óptica de la violencia institucional, lo que obliga al Estado a garantizar una investigación seria, imparcial y efectiva conforme a estándares internacionales de derechos humanos. El juez Diego Barroetaveña votó en disidencia: sostuvo que no se habían aportado pruebas nuevas contundentes para justificar indagatorias. Su postura quedó en minoría.
El pronunciamiento de Casación no implica imputaciones definitivas; ordena que se reevalúe la investigación y que, en su caso, se cite a declarar a los dos ex conscriptos. Para la familia de Ramírez, la resolución representa un paso importante hacia la búsqueda de verdad y justicia después de más de dos décadas de trámites y archivos.
Contexto: la Cámara Federal de Casación Penal es el máximo tribunal penal ordinario del país y revisa decisiones de instancias inferiores para asegurar la correcta aplicación del derecho. La figura de violencia institucional se aplica cuando la conducta que provoca daño ocurre en contexto de ejercicio de autoridad estatal o bajo custodia, y exige especial diligencia de la justicia.
Fuentes: Infobae
